CONTRATO DE ADHESIÓN Y AFILIACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE A LA PERSONA MORAL “ADMINISTRADORA WEENJOY”, S.C. A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE EL C. RICARDO ENRIQUE SARABIA GONZÁLEZ A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "EL COMITENTE", Y POR LA OTRA PARTE "EL AFILIADO", A QUIENES EN SU CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, SUJETÁNDOSE AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
DECLARACIONES
PRIMERA. EL AFILIADO se obliga con EL COMITENTE a bonificar por el pago de la prestación y/o venta de bienes y/o servicios que realicen aquellas personas que reciban invitación para ser usuarios de WEENJOY y se registren obteniendo una cuenta de usuario con la que podrán obtener beneficios de recepción y canje de PINJOYS, en adelante los USUARIOS, el porcentaje que ha quedado establecido en la plataforma, del total del valor del bien y/o servicio, o en su caso promociones, que adquiera el USUARIO. El porcentaje de bonificación anteriormente referido podrá cambiar, siendo requisito establecer en todo momento un porcentaje de bonificación en la plataforma.
Dicha bonificación será abonada al USUARIO a través de EL COMITENTE; EL COMITENTE hará el cargo a EL AFILIADO de la referida bonificación, mediante cargo domiciliado automatizado que se hará desde la cuenta bancaria de EL AFILIADO identificada en la plataforma los días jueves de cada semana, es decir, se hará un corte semanal con la suma de todas las operaciones realizadas durante la semana por los USUARIOS en el establecimiento de EL AFILIADO, las cuales serán pagados por EL AFILIADO los días jueves de cada semana, en los términos ya descritos. El cargo por la domiciliación respectiva será directamente pagado por EL AFILIADO, en el entendido de que, a partir de que haya un movimiento bancario deberá pagar la cantidad de $30.00 (treinta pesos 00/100M.N.), en caso de no haber movimientos no se le hará cargo alguno.
EL AFILIADO se obliga a descargar y revisar el formato de domiciliación disponible en la plataforma, ingresando bajo protesta de decir verdad los datos correctos para la domiciliación y, en dado caso actualizarlos cuando sea necesario, aceptando los términos de la domiciliación autorizando a EL COMITENTE a realizar los cobros domiciliados a EL AFILIADO.
SEGUNDA. EL AFILIADO se obliga a aceptar como medio de pago los PINJOYS, para todos los distintos bienes o servicios que este comercialice y/o preste de conformidad con los términos y condiciones siguientes, mismo pago que será procesado por el personal capacitado que para tal efecto designe el AFILIADO (en lo sucesivo JOBBER) a través de la Plataforma.
TERCERA. EL AFILIADO se obliga con EL COMITENTE a prestar y/o vender los bienes y/o servicios que este comercialice a los USUARIOS a los mismos precios para dicho producto o servicio. Asimismo, EL AFILIADO se obliga a entregar a los USUARIOS que realicen alguna compra con los PINJOYS, nota o CFDI, cuando así lo requiera EL USUARIO, que ampare los consumos hechos en el mismo señalando el importe total pagado.
CUARTA. LA COMITENTE se obliga a pagar a EL AFILIADO los consumos efectuados con PINJOYS realizados por USUARIOS en el establecimiento, depositando, a través de un sistema de pagos electrónico, a la cuenta bancaria de EL AFILIADO identificada en la plataforma, a más tardar al día hábil siguiente de ser efectuada la operación de canje de PINJOYS, lo equivalente a los PINJOYS recibidos como pago de los USUARIOS.
Será obligación de EL COMITENTE enterar a EL AFILIADO los estados de movimientos de bonificaciones otorgadas a los USUARIOS, así como un estado de movimientos de pagos que los USUARIOS efectúen con PINJOYS, siendo consultables en todo momento en la plataforma.
QUINTA. Será responsabilidad de EL AFILIADO revisar los miércoles de cada semana antes de las 23:59 horas, su estado de cuenta en la plataforma, con la finalidad de que pueda reportar cualquier bonificación y/o cargo NO reconocido. En caso de que no se reciba notificación alguna al respecto por parte de EL AFILIADO, EL COMITENTE realizará el proceso de cobro indicado en la cláusula Primera del presente instrumento, sin la posibilidad de realizar un reembolso por dicha operación.
SEXTA. El AFILIADO en este acto designa al JOBBER que se indica en la plataforma, siendo EL AFILIADO en todo momento responsable del uso que le dé EL JOBBER a la plataforma. El AFILIADO podrá mediante la plataforma dar de baja o alta al JOBBER, sin que medie algún otro requisito.
EL COMITENTE se obliga con EL AFILIADO a proveer la información necesaria para que el JOBBER pueda manejar correctamente la plataforma para el cargo y abonos con PINJOYS.
SÉPTIMA. EL AFILIADO se obliga en todo momento con EL COMITENTE a dar un buen manejo a la plataforma, así como hacerse responsable de las operaciones que realice el JOBBER de cargo y abono de PINJOYS.
OCTAVA. El presente contrato es por tiempo indefinido. EL COMITENTE se reserva el derecho de dar por terminado el presente contrato previo aviso por escrito a la otra parte con 30 días de anticipación, en cuyo caso EL AFILIADO se obliga a pagar cualquier cantidad que este le adeude a EL COMITENTE por cualquier concepto.
NOVENA. Son causas de vencimiento anticipado del presente contrato:
DÉCIMA. Ninguna de LAS PARTES podrá ceder y/o transferir los derechos y obligaciones del presente contrato a ningún tercero, excepto y en el entendido de que EL COMITENTE podrá, previo aviso por escrito a EL AFILIADO ceder y/o transferir los derechos y obligaciones del presente contrato y de sus Anexos a cualquier entidad o empresa que forma o llegare a formar parte, como lo es "WEENJOY MÉXICO" S.A.P.I. de C.V., o aquellas respecto de las cuales dichas entidades o empresas sean de manera directa o indirecta accionistas mayoritarios.
DÉCIMA PRIMERA. EL COMITENTE y EL AFILIADO son partes contratantes totalmente independientes, por lo que no existen nexos o relación de subordinación entre ellas, por lo que cada una de las partes será responsable del pago de salarios, prestaciones, derechos y obligaciones que se causen con motivo del personal que cada una de las partes contrate para el cumplimiento de sus obligaciones establecidas en el presente contrato. En tal virtud las partes se obligan a sacar a paz y a salvo mutuamente de cualquier juicio o reclamación que se intente en su contra derivado de la falta o error en el cumplimiento de sus obligaciones laborales que respecto del personal que cada una de ellas contrate.
DÉCIMA SEGUNDA. Se pacta la cláusula de exclusividad a favor de EL COMITENTE, por lo que EL AFILIADO no puede celebrar ningún contrato o convenio con terceros, que tenga por objeto la afiliación a un programa de lealtad de naturaleza igual o análoga durante el periodo de vigencia del presente instrumento, y dentro un plazo de 3 (tres) años contados a partir de la rescisión del presente instrumento.
Asimismo, El AFILIADO se obliga a no competir con EL COMITENTE, proveyendo servicios que presupongan ser iguales o similares. Esta obligación de no competencia se extenderá en de manera internacional, por lo que no podrá competir dentro de la República Mexicana ni en el extranjero.
Si EL AFILIADO incumple con las obligaciones pactadas en la presente Clausula, se daría de baja de sistema y el presente instrumento quedaría rescindido de pleno derecho sin necesidad de declaración judicial o extrajudicial al respecto.
DÉCIMA TERCERA. El presente instrumento podrá sufrir modificaciones, cambios o actualizaciones, mismos que se harán saber a EL AFILIADO mediante notificación por medio de la plataforma. En caso de que EL AFILIADO no comunique inconformidad alguna y, continúe haciendo uso de esta, se entenderá como su aceptación tácita a los cambios realizados.
DÉCIMA CUARTA. LAS PARTES acuerdan que, cada una será responsable de las obligaciones fiscales que se deriven de la celebración del presente instrumento y, éstas serán a cargo de la parte que las haya generado.
DÉCIMA QUINTA. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, LAS PARTES expresamente se someten a las leyes y jurisdicción competentes de los Tribunales de Guadalajara, Jalisco, renunciando expresamente a cualquier otro fuero, jurisdicción o competencia presente o futuro, que pudiere corresponderles por su domicilio.
EL AFILIADO manifiesta expresamente tener capacidad legal para usar la Plataforma y para celebrar este contrato, asimismo, manifiesta haber suministrado información real, veraz y fidedigna. Por ende, de forma expresa e inequívoca declara que ha leído, que entiende y que acepta la totalidad de los supuestos previstos y regulados en el presente escrito, por lo que se compromete al cumplimiento total de los deberes, obligaciones, acciones y omisiones aquí expresadas.